Reforma del trabajo temporal y cesión de trabajadores en Alemania
Las empresas hacen uso de la contratación temporal de trabajadores en régimen de cesión (es decir, a través de empresas de trabajo temporal o ETTs) para cubrir faltas de personal durante un tiempo delimitado, por ejemplo, por fluctuaciones de cargas de trabajo o por enfermedad de trabajadores de plantilla. Con el fin de proteger a los trabajadores de la inseguridad y de compensar la desigualdad que supone el no pertenecer a la plantilla de personal de la empresa, el Gobierno alemán ha modificado la legislación para evitar los abusos, tanto en el trabajo en cesión como en los contratos de obra.
Estas son las novedades más importantes, en vigor desde el 1 de abril de 2017:
1) Equiparación salarial a los 9 meses de contratación (“equal pay”): Tras este periodo los trabajadores en régimen de cesión percibirán los mismos salarios que los trabajadores de plantilla. Además gozarán de otras ventajas, como por ejemplo la inclusión en sistemas empresariales de seguro sanitario o la participación en beneficios de la empresa. La equiparación salarial podrá posponerse hasta los 15 meses cuando se apliquen los convenios colectivos sobre complementos salariales del sector del trabajo temporal. No obstante, en estos casos el incremento salarial comenzará a aplicarse paulatinamente a más tardar seis semanas después de la contratación.
2) Duración máxima de la contratación de 18 meses, después de los cuales los trabajadores deben ser contratados por la empresa o la ETT deberá retirarlos de la misma. Los periodos de contratación en cesión en una misma empresa por la misma o distinta ETT se sumarán cuando no haya transcurrido un periodo superior a seis meses entre cada una de las contrataciones. Los diferentes sectores podrán pactar por convenio periodos más prolongados. La duración de la contratación en cesión podrá superar los 18 meses siempre que lo apoyen el convenio colectivo del sector correspondiente o acuerdos empresariales.
3) Se prohíbe la utilización de trabajadores contratados en régimen de cesión para romper huelgas (esquiroles). Su actividad en la empresa en momentos de conflicto laboral solo se permitirá cuando se asegure que no van a asumir tareas que son competencia de los huelguistas.
Quelle /Fuente: http://www.empleo.gob.es
Este texto fue traducido o revisado por / Text übersetzt oder lektoriert von Blasco Traducciones en Frankfurt (Westend) – http://www.blasco-traducciones.com/[hr] Descargar la revista actual La Guia en PDF