Pensión de alimentos y gastos de guardería
Hola,
Tenemos con mi esposo una hija de seis años. Nos separamos y acordamos que la niña viviría conmigo. Me gustaría saber hasta qué punto debe pagar mi esposo la manutención de mi hija y si los gastos de la guardería para niños en edad escolar están incluidos en la pensión de alimentos o los tengo que pagar yo.
Querida María,
La cuantía que debe pagar su marido se calcula en Alemania según la llamada tabla de Düsseldorf. Allí se indica la suma mensual de la pensión de alimentos, escalonada en función de la edad del hijo y de los ingresos netos del deudor. El monto de la manutención de un hijo depende entonces del monto de los ingresos del padre y de la edad del hijo. La manutención del hijo incluye las necesidades de la vida diaria, tales como comida, ropa, actividades de tiempo libre, etc.
Los gastos de un jardín infantil o guardería para niños en edad escolar (“Hort”) no se incluyen en este importe. La pensión de alimentos no cubre gastos de guardería para niños en edad escolar.
Sin embargo, usted puede demostrar una necesidad adicional (“Mehrbedarf”), la cual deberá ser satisfecha por ambos progenitores en proporción a sus ingresos. El hecho de que el padre, en este caso, se haga cargo o no de los gastos de una guardería para niños en edad escolar depende de si el alojamiento en dicho parvulario, después de la escuela, es necesario por razones pedagógicas.
El Tribunal Federal de Justicia ha dictaminado que los costes de una guardería deben ser considerados una “necesidad adicional” si la justificación de dicho cuidado es pedagógica. Esto significa que la necesidad de atención debe ir más allá del mero ámbito de la crianza debida y debe haber razones pedagógicas particulares que hagan necesaria la asistencia en la institución (resolución del BGH de 5.3.2008 – XII ZR 150/05, BGH Beschl.v.01.06.2011 – XII ZR 45/09, BGH Beschl.v.11.01.2017 – XII ZB 565/15). Una utilidad educativa general no es suficiente. Si se cumplen estas condiciones, los gastos de la guardería para niños en edad escolar constituyen una necesidad adicional y deben ser pagados proporcionalmente según la situación de ingresos de ambos padres, de conformidad con el artículo 1606, apartado 3, inciso 1, del código civil alemán BGB.
Los gastos de la guardería para niños en edad escolar no constituyen una necesidad adicional y no deben ser cubiertos proporcionalmente por el padre si el cuidado del niño se requiere únicamente debido a una actividad profesional del progenitor (en este caso de la madre) encargada del cuidado del hijo. Estos costos forman parte de la atención general y deben ser sufragados por la madre – o por el progenitor que cuida al niño – como gastos desgravables relacionados con el trabajo (“berufsbedingte Aufwendungen“).
El hecho de que los gastos de atención del hijo sean pagados proporcionalmente por su marido o no depende, por lo tanto, de si la hija acude al parvulario simplemente por razones de tiempo, para hacer posible un empleo remunerado, o bien por razones pedagógicas, por ejemplo, porque así aprende el contacto con otros niños o porque existen necesidades educativas especiales.
La delimitación entre ambos motivos puede ser difícil en cada caso particular y depende de las circunstancias individuales.
Este texto fue traducido o revisado por / Text übersetzt oder lektoriert von Blasco Traducciones en Frankfurt (Westend) – http://www.blasco-traducciones.com